La nueva Ley “Crea y Crece”. La Factura electrónica en el sector privado.

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07 Octubre

La nueva Ley “Crea y Crece”. La Factura electrónica en el sector privado.

El pasado 29 de septiembre se publicó en el BOE la Ley de creación y crecimiento de empresas.

Esta Ley se enmarca en el Componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el gobierno de España.

El objetivo, según indica el BOE, es “ facilitar la creación de nuevas empresas y reducir las trabas a las que se enfrentan en su crecimiento, ya sean de origen regulatorio o financiero para lograr con ello un incremento de la competencia en beneficio de los consumidores, de la productividad de nuestro tejido productivo, de la resiliencia de nuestras empresas y de la capacidad para crear empleos de calidad.”

Existen cambios muy interesantes en esta Ley como la posibilidad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta el momento.

Pero hoy queremos centrarnos en el artículo 12 del capítulo IV donde recoge la obligatoriedad de la facturación electrónica como único sistema que podrá emplearse en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos tan pronto como la norma entre en vigor.

Dicha norma establece un período de 6 meses desde la publicación de la ley para que las administraciones implicadas determinen los requerimientos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica. 

Veamos cuales son las principales características de la nueva ley de facturación electrónica.

Beneficios de la factura electrónica

La utilización de la factura electrónica conlleva innumerables beneficios en el ámbito de

  • Digitalización y optimización de las relaciones empresariales
  • Reducción de tiempo y costes
  • Aumento de la productividad
  • Mayor seguridad y fiabilidad de las transacciones electrónicas
  • Reducción de la morosidad en las operaciones comerciales
  • Trazabilidad y control de pagos entre empresas y autónomos
  • Reducción de errores humanos gracias a la automatización de procesos

Calendario de implementación de la medida

  • Facturación anual SUPERIOR a 8 millones de euros: 1 año tras aprobarse el desarrollo reglamentario
  • Facturación anual INFERIOR a 8 millones de euros: 2 años tras aprobarse el desarrollo reglamentario. 

Obligaciones de empresas y autónomos

  • Expedir y remitir facturas electrónicas con otras empresas y autónomos.
  • Facilitar el acceso, visualización, descarga e impresión de la factura electrónica para los receptores.
  • Mantener el acceso de las facturas electrónicas durante 4 años de forma gratuita, aun cuando los destinatarios de éstas hayan dejado de ser clientes de las empresas emisoras.
  • Las soluciones tecnológicas y plataformas ofrecidas por empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica deberán garantizar su interconexión e interoperabilidad gratuitas.
  • El receptor de la factura no podrá obligar a su emisor a la utilización de una solución o plataforma determinada.
  • Las facturas electrónicas deberán cumplir, en todo caso, lo dispuesto en la normativa específica sobre facturación.
  • Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas, serán sancionadas con apercibimiento o una multa de hasta 10.000 euros.

Adicionalmente a estas obligaciones existen otros dos cambios que deseamos resaltar:

  • Las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión.
  • Obligación de revelar en su web y memoria de cuentas anuales el volumen total y relativo de las facturas pagadas fuera de plazo. 

Con estas medidas el Gobierno pretenden luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales, sobre todo en las pymes, y las prácticas de pago con demoras excesivas.

En DynamizaTIC estamos trabajando, mientras esperamos la publicación de la norma,  para que nuestras soluciones cumplan las obligaciones requeridas, adaptándose a Microsoft Business Central y cumpliendo así con las nuevas directrices de la nueva ley “Crea y Crece”.

Ponte en contacto con nosotros y te informaremos.

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